lunes

Sesión 10


Sesión 10

La sesión se lleva a cabo el día miércoles 19 de junio de 2019.

Iniciamos la clase,  Haciendo junto con mi compañera Karen Bermúdez la exposición del Libro Leviatán de Thomas Hobbes, empezando por habar sobre la biografía de Hobbes, su pensamiento y influyentes para después explicar  el impacto de su obra en lo póstumo.
Hacemos la exposición de los cuatro libros en los que divide el autor el texto, haciendo énfasis en los dos primeros, DEL HOMBRE y DEL ESTADO.
Durante la exposición la profesora suplente da algunos datos que ayudan a ponernos en contexto con el momento histórico, después continúan con las exposiciones el grupo siguiente con el tema el espíritu de las leyes  de Montesquieu.

El Espíritu de las Leyes- Montesquieu
imagen:https://pendulo.com/libro/del-espiritu-de-las-leyes_348938
Resultado de imagen para el espiritu de las leyes montesquieu

El objetivo del pensamiento político de Montesquieu, expresado en el Espíritu de las leyes, es elaborar una física de las sociedades humanas. Su modelo, tanto en contenido como metodología, está más en la línea de lo experimental que lo especulativo. Adopta el análisis histórico, basado en la comparación; arranca de los hechos, observando sus variaciones para extraer de ellas leyes.
En esta obra se nos ofrece, además de la descripción de las idiosincrasias nacionales, las diversas formas de gobierno y sus fundamentos, así como los condicionantes históricos e, incluso, climáticos de éstos, elaboró un novedoso enfoque de las leyes, los hechos sociales y la política: se desvanece la clásica oposición entre las tesis iusnaturalistas y escépticas, que atribuían el 
fundamento de las leyes a la arbitrariedad de los legisladores: consideraba más bien que las leyes proceden de relaciones necesarias derivadas de la naturaleza de las cosas y las relaciones sociales, de forma que no sólo se opuso a la separación entre ley natural y ley positiva sino que consideraba que son complementarias.
Cada pueblo tiene las formas de gobierno y las leyes que son propias a su idiosincrasia y trayectoria histórica, y no existe un único baremo desde el cual juzgar la bondad o maldad de sus corpus legislativos. A cada forma de gobierno le corresponden determinadas leyes, pero tanto éstas como aquéllas están determinadas por factores objetivos tales como el clima y las peculiaridades geográficas que, según él, intervienen tanto como los condicionantes históricos en la formación de las leyes. No obstante, teniendo en cuenta dichos factores, se puede tomar el conjunto del corpus legislativo y las formas de gobierno como indicadores de los grados de libertad a los que ha llegado un determinado pueblo.
La filosofía política se transmuta en una filosofía moral cuando establece un ideal político que defiende es el de la consecución de la máxima libertad aunada a la necesaria autoridad política; rechaza abiertamente las formas de gobierno despóticas. Pero para garantizarla al máximo, Montesquieu considera que es imprescindible la separación de poderes. Muy influenciado por Locke, desarrolla la concepción liberalista de éste, y además de considerar la necesidad de separar el poder ejecutivo del poder legislativo, piensa que también es preciso separar el poder judicial. Esta separación de los tres poderes ha sido asumida y aplicada por todos los gobiernos democráticos posteriores.
Para Terminar la sesión, se da comienzo a la exposición de  El Contrato Social de Rousseau,  por falta de tiempo los compañeros sólo pueden hablar del primer y segundo libro del texto.

El Contrato Social- Rousseau

Resultado de imagen para el contrato social
Libro I
Rousseau parte de la tesis que supone que todos los hombres nacen libres e iguales por naturaleza. Nos habla del estado originario del hombre (que había desarrollado con amplitud en el Discurso sobre el origen y los fundamentos de la desigualdad entre los hombres), afirma que la familia “es el primer modelo de sociedad política”. Rousseau argumenta contra el derecho del más fuerte: “Convengamos, pues, en que la fuerza no constituye derecho, y que únicamente se está obligado a obedecer a los poderes legítimos”. El fundamento único de toda autoridad legítima serán las convenciones. Tras una breve referencia a la guerra y la esclavitud, el ginebrino presentará su idea acerca del pacto social, que formula en los siguientes términos: “Cada uno de nosotros pone en común su persona y todo su poder bajo la suprema dirección de la voluntad general, recibiendo a cada miembro como parte indivisible del todo”.
Rousseau distingue tres tipos de libertades: la libertad natural, que es la que se pierde tras el contrato, la libertad civil que está limitada por la voluntad general y la libertad moral, “que es la única que convierte al hombre en amo de sí mismo”. El pacto social convierte en iguales a los hombres por convención y derecho.
Libro II
Esta parte de la obra se ocupa sobre todo del concepto de “voluntad general”. Al ejercicio de esta voluntad lo llama Rousseau “soberanía”, destacando su inalienabilidad e indivisibilidad. También analiza las nociones de “ley”, que no sería otra cosa que un acto de la voluntad general, es decir, donde el “pueblo” sería el “legislador”. Rousseau hace que sea imprescindible la figura del legislador representante, que es “un hombre extraordinario” en el Estado.
Rousseau hace un poco de aritmética política, al establecer ciertas proporciones entre el número de habitantes, la extensión de los países… El objetivo de todo pueblo es conseguir abundancia y paz. Cree que el lugar más apto para construir un Estado perfecto es la isla de Córcega. Rousseau coincide con Aristóteles en la necesidad de una clase media, aunque en el ginebrino hay una mayor tendencia a una homogeneización. Piensa que la libertad subsiste gracias a la igualdad: “Es precisamente porque la fuerza de las cosas tiende siempre a destruir la igualdad, por lo que la fuerza de la legislación debe siempre tender a mantenerla”

Al final de este Libro Segundo, Rousseau distingue tres clases de leyes: políticas, civiles y criminales. También habla de una cuarta clase de leyes: los hábitos o costumbres, de las que se ocuparía en secreto “el gran Legislador”. Rousseau elude el tema mentado y dice ceñirse a las leyes políticas.